Con el fin de dar cumplimiento a los requisitos exigidos en la Ley 1819 de 2016 y al Decreto 1680 de 2020 para continuar con la permanencia al régimen tributario Especial para entidades sin ánimo de lucro (ESAL) que desarrollen actividades meritorias establecidas en el artículo 359 del Estatuto Tributario, se pone a disposición de la ciudadanía, la documentación requerida para la permanencia: