
CODHES lamenta profundamente la partida del Padre Javier Giraldo
August 26, 2026El domingo 23 de agosto de 2026, durante un consejo de seguridad realizado en la ciudad de Barranquilla, Colombia, el presidente Abelardo de la Espriella ordenó de manera contundente la puesta en marcha de acciones conjuntas de control entre la Policía Metropolitana de Barranquilla y Migración Colombia. Dicha orden generó serios cuestionamientos desde distintos sectores de la sociedad respecto del enfoque que se pretende dar a la migración en el país, particularmente en un contexto en el que las dinámicas migratorias de la última década, principalmente aquellas relacionadas con personas de nacionalidad venezolana, han representado no solo retos, sino también aprendizajes y valiosas oportunidades para el Estado y la sociedad colombiana.
“La orden a Migración es clara, que empiecen los operativos coordinados con la Policía en Barranquilla para dar con los inmigrantes ilegales. Primero, los que están cometiendo delitos; segundo, los que no tienen regularizada su situación y, en el término de la distancia, tendrán que ser deportados. ¡Deportados! Es una orden presidencial que se debe empezar a cumplir esta misma semana”. (…) “Es una decisión política y yo la asumo. Es una decisión administrativa y yo la asumo”, afirmó el presidente durante el consejo de seguridad, en el que también ordenó implementar un sistema de recompensas y redadas, así como reforzar la red de cooperantes como estrategia contra la criminalidad.
Poco después, el martes 25 de agosto, el Ministro del Interior, Rodrigo Lara, trató de aclarar que: “El presidente no se refiere a muchos de estos hermanos venezolanos que, incluso, algunos ya han optado por regresar. Los otros ya se quedaron y se integraron perfectamente, porque no hay necesidad incluso de integrarse, porque somos prácticamente el mismo pueblo aquí en Colombia. Se refiere es a las redes criminales, a los que se están lucrando, particularmente con el paso de migrantes ilegales en el Darién”[1].
A pesar de la posteriores aclaraciones, lo anunciado por el presidente, tanto por su forma como por su contenido, plantea la necesidad de un pronto diálogo entre el gobierno nacional y los diferentes actores involucrados e interesados en el tema migratorio, principalmente con las organizaciones de sociedad civil lideradas por personas migrantes y refugiadas en Colombia, que permita trazar una camino democrático para una gestión migratoria basada en el respeto y garantía de los compromisos del Estado colombiano en materia de derechos humanos de las personas migrantes y refugiadas, y la protección internacional.
En este contexto, desde la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES), hacemos un llamado al Presidente de la Espriella, así como al nuevo viceministro de Asuntos Migratorios, Consulares y Protección Internacional, Pedro Agustín Roa y al nuevo director de Migración Colombia, Coronel (r) José Luis Castañeda a reconocer y recoger los valiosos aprendizajes y buenas prácticas que ha dejado en los últimos años para el país la experiencia de la gestión migratoria, principalmente la venezolana, y extender puentes de diálogo con la población migrante, las organizaciones de sociedad civil, cooperación intencionalidad y academia para trabajar conjuntamente y tener en cuenta:
- La regularización migratoria como un elemento para contrarrestar redes criminales: es importante mejorar y abrir, de ser necesario, nuevas formas de regularización para todas las personas extranjeras que estando dentro del país hasta la fecha no han podido resolver su condición migratoria. Según Migración Colombia más de ochocientas mil personas de nacionalidad venezolana no han podido regularizarse[2], debido a que llegaron al país después de las fechas límite dadas por el gobierno, además de barreras administrativas que no tienen en cuenta su condiciones de vulnerabilidad al momento de migrar, así como las condiciones del país de origen, tal es el caso de padres de famila y cuidadores con hijos-as regularizados que no cuentan con una ruta asequible y que ven en peligro su unidad familiar con los recientes anuncios del gobierno. La experiencia a nivel internacional y lo vivido en Colombia demuestra que el las bandas criminales, así como las redes de trata y tráfico ilícito de migrantes tiene como principal objetivo a estas personas para su instrumentalización en actividades delictivas ante el uso inescrupuloso de sus vulnerabilidades en beneficio propio.
- La irregularidad migratoria no es sinónimo de criminalidad: es importante saber distinguir que bajo el actual ordenamiento jurídico colombiano, el estar en condición irregular en el país es un aspecto que atañe al ámbito administrativo y no al ámbito punitivo, razón por la que es incorrecto usar la expresión “migrante(s) ilegal(es), sino personas en situación migratoria irregular. El artículo 29 de la Constitución establece que el debido proceso se aplica a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas, lo que también alcanza los procedimientos migratorios como la deportación. Así mismo, la Sentencia T-295 de 2018, de la Corte Constitucional de Colombia, confirma la igualdad de derechos civiles para las personas extranjeras y establece que cualquier procedimiento de sanción debe respetar de forma estricta el debido proceso, incluso en trámites administrativos como la deportación. En ese orden de ideas, es deber del Estado respetar el debido proceso a todas las personas migrantes ya sea que estén o no en situación irregular, y brindar las herramientas y condiciones para resolver su situación.
- La integración de personas migrantes como factor de desarrollo y paz en Colombia: más de 2.8 millones de personas de Venezuela son parte de la sociedad colombiana, por eso es fundamental avanzar en promover una cultura de convivencia e integración socioeconómica y cultural que permitan el desarrollo integral de los territorios y comunidades donde hay presencia de personas migrantes y refugiadas, especialmente si estas se encuentran en condiciones de pobreza y vulnerabilidad. Sin embargo, las narrativas y discurso marcados por la xenofobia y aporofobia usado por personas de gran visibilidad y liderazgo en las instituciones, no sólo puede generar situaciones de abuso e injusticia por parte de las autoridades, sino también en un deterioro de los avances alcanzados en materia de derechos e integración de las personas migrantes en Colombia, además de la generación de conflictos a nivel social que pueden derivar en diversas formas de violencia que afectan de igual manera a nacionales como extranjeros, lo cual cobra más sentido en una sociedad que ha buscado por décadas la paz y convivencia respetando de la diversidad y diferencia.
- Colombia como un país protección y garantista de derechos: el Estado Colombiano tiene compromisos en materia de protección internacional que no puede omitir y deben ser pilar de toda decisión en política pública, tales como Convención sobre el Estatuto de los Refugiados (1951) y Protocolo de 1967, Principio de Non-Refoulement (No Devolución), Definición ampliada de persona refugiada de la Declaración de Cartagena de 1984 (incorporada en el Artículo 2.2.3.1.1.1 del Decreto 1067 de 2015). La Corte Interamericana también se ha referido a la situación de los migrantes indocumentados en su Opinión Consultiva OC-18/03, reconociendo que la situación migratoria irregular no convierte a una persona en titular de menos derechos humanos. Toda medida en materia de deportaciones, expulsiones y retornos debe tener presente las circunstancias que llevaron al abandono de su países, así como las condiciones actuales del país de origen, para no vulnerar la garantía de derechos, ni exponer a las personas a mayores riesgos, sobre todo si estas se encuentran si tramite de una medida de protección especial.
Con aciertos y desaciertos, Colombia se ha mantenido en los últimos años como un referente mundial en política migratoria. Prueba de ello es que la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) lo ha reconocido como “país campeón” (champion country) por su liderazgo en la implementación del Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular. Sin embargo, caer en la falsa dicotomía entre seguridad/soberanía y derechos humanos —mediante narrativas sin evidencia que derivan en xenofobia y la aplicación de medidas que persiguen a personas migrantes vulnerables e irregulares, pasando por alto los compromisos y estándares internacionales—, más que aportar, genera condiciones que atentan contra la vida y la dignidad de quienes buscan en Colombia una oportunidad para materializar los proyectos de vida que tuvieron que abandonar en sus países por causas ajenas a su voluntad.
[1]Juan Pablo Penagos Ramírez,”Ministro Rodrigo Lara precisó alcance de operativos contra migrantes y anunció que se presentará al Congreso un nuevo estatuto antiterrorista”, El Tiempo, 25 de agosto de 2026, https://www.eltiempo.com/politica/gobierno/ministro-rodrigo-lara-preciso-alcance-de-operativos-contra-migrantes-y-anuncio-que-se-presentara-al-congreso-un-nuevo-estatuto-antiterrorista-3580809
[2] Jesús Antonio Blanquicet, “Presidente Abelardo De La Espriella ordena operativos contra migrantes y abre el debate sobre el manejo del fenómeno en Colombia”, El Tiempo, 24 de agosto de 2026, https://www.eltiempo.com/justicia/paz-y-derechos-humanos/presidente-abelardo-de-la-espriella-ordena-operativos-contra-migrantes-y-abre-el-debate-sobre-el-manejo-del-fenomeno-en-colombia-3580573




